El Instituto Municipal de Tránsito y Transportes de Soledad adelantó operativos contra la “terminal satélite” de la calle 30, a la altura del Colegio ITIDA.
Por años ha generado caos vehicular en la zona. Más de 10 conductores de buses interdepartamentales fueron multados durante los controles.
De igual forma, y, en cumplimiento del Artículo 76 del Código Nacional de Tránsito, agentes de Tránsito realizaron controles en los alrededores de los conjuntos residenciales Puerto Armónica y Puerto Gaita donde conductores estacionaban vehículos de forma irregular, convirtiendo las vías en parqueaderos.
_Según el Art. 76 del Código Nacional de Tránsito está prohibido estacionar vehículos en los siguientes lugares:_
1. Sobre andenes, zonas verdes o zonas de espacio público destinadas para peatones, recreación o conservación.
2. En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de un cruce.
3. En vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.
4. En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.
5. En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para limitados físicos.
6. En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización.
7. En ciclo rutas o carriles dedicados o con prioridad al tránsito de bicicletas.
8. A una distancia mayor de 30 centímetros de la acera.
9. En doble fila de vehículos estacionado, o frente a hidrantes y entradas de garajes o accesos para personas con discapacidad.
10. En curvas.
11. Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados.
12. Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
Fuente: Alcaldía Municipal de Soledad