El Ministerio de Transporte validó la presentación de la tarjeta de propiedad y la licencia de conducción de la base de datos de un celular, cuando el conductor sea requerido por los agentes de Tránsito y no los porte físicamente en el momento.
En este sentido expidió una Resolución aclaratoria de la palabra ‘portar’ que rige en el Código de Tránsito, a partir de las normas que permiten el uso de las tecnologías para coadyuvar en la realización de las labores gubernamentales en donde en muchos casos el agente dice estar obligado a verificar la información en el RUNT.
De acuerdo con el Ministerio, si en el momento el conductor que es requerido por los agentes de Tránsito no porta los documentos físicos, como la tarjeta de propiedad o la licencia de conducción puede acudir al uso de los datos, en tiempo real, mostrando los documentos desde la base de datos de su celular.
Esto será válido como porte de documentos para no ser sujeto de sanción ni de comparendos de Tránsito, tal como lo han venido aplicando los agentes hasta la fecha.
Fuente: Zona